jueves, 9 de enero de 2014

¿Un reglamento CE nos puede dejar sin cobrar?

El Reglamento CE 260/2012 establece el 1 de febrero de 2014 como fecha límite para que las transferencias y adeudos nacionales sean reemplazados por los nuevos instrumentos SEPA, acrónimo de la terminología inglesa traducida como “Zona Única de Pagos en Euros”.

En líneas generales desde el 1 de febrero de 2014, las transferencias dejarán de realizarse al habitual número de cuenta de 20 dígitos para pasar a hacerlo al IBAN. El IBAN, con 24 caracteres (International Bank Account Number), se convertirá así como el único identificador válido para las operaciones de pago.
 
  

Entre las operaciones de pago afectadas, se encuentran las de nómina, por lo que, todos los trabajadores y trabajadoras deben facilitar al departamento correspondiente el IBAN que corresponde a su número de cuenta. 

También se verán afectadas las domiciliaciones bancarias.


¿Cómo obtener el IBAN de una cuenta?

El IBAN puede obtenerse de varias formas: consultando un extracto de cuenta reciente, a través de las aplicaciones de banca electrónica de las diferentes entidades o solicitándolo directamente en la entidad financiera de que se trate.